IES 9-021
Llamado para Jefe de Formación Inicial
El IES 9-021 llama a concurso interno-cerrado para cubrir el cargo de:
*Jefe de Formación Inicial, 08 hc.
Las inscripciones, presentación de carpetas C.V. y proyectos se recibirán en secretaría del Instituto los días 19 y 20 de Marzo de 2015 de 20 a 22hs.
Exposición de proyectos 25 de Marzo de 2015 a las 19.30hs.
Observaciones: Los aspirantes deben cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto Provincial Nº 476/99.
DEBERES Y FUNCIONES DEL JEFE DE FORMACIÓN INICIAL
1. Acompañar al Rector en la coordinación de actividades académicos del Nivel.
2. Efectuar las demandas de recursos materiales o de infraestructura para el correcto desempeño de las tareas curriculares.
3. Analizar junto a el/la Rector y los/las Coordinares de Carrera los programas presentados en cada carrera y elevarlos al Consejo Académico para su aprobación.
4. Asesorar y orientar a los docentes en las elaboraciones de las programaciones que sirvan para la implementación de los distintos formatos curriculares y criterios de evaluación.
5. Asesorar al resto de las autoridades en aspectos técnicos pedagógicos propios de cada especialidad.
6. Colaborar con rectoría en la orientación y coordinación de la comunicación permanente con los alumnos.
7. Acompañar al Rector en la coordinación de reuniones de profesores.
8. Confeccionar los horarios de clases con la rectoría.
9. Elaborar con la rectoría las mesas de exámenes en los respectivos turnos de exámenes.
10. Producir un informe periódico sobre el funcionamiento del Departamento para elevar a rectoría.
11. Cooperar con propuestas académicas, para la elaboración anual del proyecto institucional.
12. Organizar y orientar la capacitación intra a intermódulo, con la presentación de un cronograma de actividades (trabajo, propuestas, material bibliográfico, espacio de trabajo, etc.)
13. Colaborar con el equipo Directivo en la preparación y desarrollo de las Jornadas Institucionales del Nivel superior.
14. Promover líneas de articulación con otras jefaturas.
15. Elaborar y difundir un cronograma anual de actividades académicas.
16. Promover la realización de trabajos interdisciplinarios.
17. Favorecer la implementación del Modelo Pedagógico Institucional.
18. Incentivar la actividad académica contextualizada y regionalizada.
19. Asesorar sobre acuerdo y criterios académicos a Bedelía.
20. Integrar el Consejo académico del Nivel.
REQUISITOS SOLICITADOS
Decreto Nº 476/99
ARTíCULO 11°: Designación de Regente y otros cargos de gestión académico
a) El cargo de Regente será otorgado por el Consejo Directivo a un docente titular o a un suplente en cargo vacante del Nivel Superior en el Instituto donde se produzca la vacante y que cumpla los siguientes requisitos:
1- Acreditar, como mínimo, cinco años de antigüedad en la docencia del Nivel Superior y además, la antigüedad docente en el establecimiento que se establezca en el Reglamento Orgánico de cada Institución, la cual no deberá ser superior a la mínima exigida en el nivel.
2- Encontrarse en situación de revista activa en el Nivel Superior.
3- Para los Institutos de Formación Docente Continua, exhibir título docente de Nivel Superior de cuatro o más años de duración o equivalente, o título profesional universitario y certificación de formación pedagógica otorgada por un Instituto de Formación Docente Continua o por una Universidad Nacional o Privada. En ambos casos deberá además acreditar formación posterior a su título de base. Para las restantes instituciones, título profesional universitario o título técnico superior de al menos tres años de duración .
4- Presentar proyecto vinculado con las funciones del cargo ofrecido.
5- El Consejo Directivo procederá a la evaluación de la documentación de los postulantes y por simple mayoría de votos de sus miembros presentes elaborará una lista por orden de votos obtenidos.
6- El Rector del establecimiento elevará lo actuado a consideración de la Dirección de Educación Superior solicitando se emita Resolución de designación para el docente ubicado en primer lugar del orden de méritos.
7- El término de la designación del Regente será por el mismo período que el Rector y/o hasta la finalización del mandato del Rector electo.
b) Con igual criterio se designarán los Jefes de Áreas y/o Departamentos, Coordinadores de Carrera, Programas, Proyectos, Trayectos, Pasantías, etc.
c) Cuando no se presente ningún aspirante entre los docentes de la Institución, el Consejo Directivo deberá convocar a llamado abierto estableciendo previamente los requisitos para la presentación que deberán coincidir con los establecidos en los puntos 1 al 7, del inciso a) del presente artículo, con excepción del de la antigüedad docente en el establecimiento.
I.E.S. Nº 9-021
Dirección del Instituto:JOSÉ MANZANARES s/n Bº VI CEC- CIUDAD DE JUNÍN- MENDOZA
E-mail de contacto:institutosuperior9021@gmail.com
Teléfono de contacto:0263-4498333
Observaciones: Los aspirantes deben cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto Provincial Nº 476/99.
DEBERES Y FUNCIONES DEL JEFE DE FORMACIÓN INICIAL
1. Acompañar al Rector en la coordinación de actividades académicos del Nivel.
2. Efectuar las demandas de recursos materiales o de infraestructura para el correcto desempeño de las tareas curriculares.
3. Analizar junto a el/la Rector y los/las Coordinares de Carrera los programas presentados en cada carrera y elevarlos al Consejo Académico para su aprobación.
4. Asesorar y orientar a los docentes en las elaboraciones de las programaciones que sirvan para la implementación de los distintos formatos curriculares y criterios de evaluación.
5. Asesorar al resto de las autoridades en aspectos técnicos pedagógicos propios de cada especialidad.
6. Colaborar con rectoría en la orientación y coordinación de la comunicación permanente con los alumnos.
7. Acompañar al Rector en la coordinación de reuniones de profesores.
8. Confeccionar los horarios de clases con la rectoría.
9. Elaborar con la rectoría las mesas de exámenes en los respectivos turnos de exámenes.
10. Producir un informe periódico sobre el funcionamiento del Departamento para elevar a rectoría.
11. Cooperar con propuestas académicas, para la elaboración anual del proyecto institucional.
12. Organizar y orientar la capacitación intra a intermódulo, con la presentación de un cronograma de actividades (trabajo, propuestas, material bibliográfico, espacio de trabajo, etc.)
13. Colaborar con el equipo Directivo en la preparación y desarrollo de las Jornadas Institucionales del Nivel superior.
14. Promover líneas de articulación con otras jefaturas.
15. Elaborar y difundir un cronograma anual de actividades académicas.
16. Promover la realización de trabajos interdisciplinarios.
17. Favorecer la implementación del Modelo Pedagógico Institucional.
18. Incentivar la actividad académica contextualizada y regionalizada.
19. Asesorar sobre acuerdo y criterios académicos a Bedelía.
20. Integrar el Consejo académico del Nivel.
REQUISITOS SOLICITADOS
Decreto Nº 476/99
ARTíCULO 11°: Designación de Regente y otros cargos de gestión académico
a) El cargo de Regente será otorgado por el Consejo Directivo a un docente titular o a un suplente en cargo vacante del Nivel Superior en el Instituto donde se produzca la vacante y que cumpla los siguientes requisitos:
1- Acreditar, como mínimo, cinco años de antigüedad en la docencia del Nivel Superior y además, la antigüedad docente en el establecimiento que se establezca en el Reglamento Orgánico de cada Institución, la cual no deberá ser superior a la mínima exigida en el nivel.
2- Encontrarse en situación de revista activa en el Nivel Superior.
3- Para los Institutos de Formación Docente Continua, exhibir título docente de Nivel Superior de cuatro o más años de duración o equivalente, o título profesional universitario y certificación de formación pedagógica otorgada por un Instituto de Formación Docente Continua o por una Universidad Nacional o Privada. En ambos casos deberá además acreditar formación posterior a su título de base. Para las restantes instituciones, título profesional universitario o título técnico superior de al menos tres años de duración .
4- Presentar proyecto vinculado con las funciones del cargo ofrecido.
5- El Consejo Directivo procederá a la evaluación de la documentación de los postulantes y por simple mayoría de votos de sus miembros presentes elaborará una lista por orden de votos obtenidos.
6- El Rector del establecimiento elevará lo actuado a consideración de la Dirección de Educación Superior solicitando se emita Resolución de designación para el docente ubicado en primer lugar del orden de méritos.
7- El término de la designación del Regente será por el mismo período que el Rector y/o hasta la finalización del mandato del Rector electo.
b) Con igual criterio se designarán los Jefes de Áreas y/o Departamentos, Coordinadores de Carrera, Programas, Proyectos, Trayectos, Pasantías, etc.
c) Cuando no se presente ningún aspirante entre los docentes de la Institución, el Consejo Directivo deberá convocar a llamado abierto estableciendo previamente los requisitos para la presentación que deberán coincidir con los establecidos en los puntos 1 al 7, del inciso a) del presente artículo, con excepción del de la antigüedad docente en el establecimiento.
I.E.S. Nº 9-021
Dirección del Instituto:JOSÉ MANZANARES s/n Bº VI CEC- CIUDAD DE JUNÍN- MENDOZA
E-mail de contacto:institutosuperior9021@gmail.com
Teléfono de contacto:0263-4498333